Convivencia y seguridad en el mar

La experiencia nos dice que la mayor parte de estos incidentes adversos se podrían haber evitado.  Cada parte involucrada tiene ciertos derechos y obligaciones.  Del mismo modo que ocurre en tierra firme, en el mar existe una legislación estricta que regula la convivencia; La legislación marítima no es nada fácil, así que intentaremos resumir únicamente las normas particularmente importantes para una correcta convivencia dentro del entorno marino, tanto en las aguas interiores del puerto como en las exteriores.

La norma principal que siempre prevalecerá es la de proteger al más débil.  Por ejemplo, si una lancha a motor y un kayak se cruzaran, la embarcación tiene que ceder el paso al kayakista y rodearlo, ya que a éste le va a costar más rodear a la embarcación con la fuerza de sus brazos. En el caso de un cruce entre una lancha a motor y un velero, se aplica el mismo principio: la lancha a motor tiene que ceder el espacio  ya que el velero es menos maniobrable.

Al margen de la normativa, debemos apelar al sentido común, que nos advierte que acercarnos con una embarcación a motor a menos de 50 metros y más de 3 nudos a una embarcación de vela ligera, kayak o otro objeto flotante, provoca una ola que lo desestabiliza y pone en peligro a sus tripulantes.
Entremos ahora en detalles. Comenzaremos fijándonos en las distancias libres a la costa que hay que dejar para poder pescar:

– Los barcos de pesca de arrastre registrados en la región tienen derecho a pescar a partir de una profundidad de 50 metros.

– Los pequeños barcos de pesca deben respetar una distancia a la costa de 3 millas náuticas (o marítimas) para empezar su trabajo. La misma distancia a la costa de 3 millas se aplica para el aficionado que pesca desde una embarcación, sin importar el sistema empleado (línea, palangre, red, caña..).

Las redes u otros aparejos para pescar, colocados cerca de la playa, son también ilegales, pero al ser una propiedad privada no se tiene el derecho a tocarlas, a no ser que se quiera incurrir en problemas legales. Si se observa alguna, hay que avisar a la autoridad competente.

Un pescador aficionado debe respetar siempre una distancia de 300m de distancia a los barcos dedicados a la pesca profesional.

En todos los casos se debe tener una licencia de pesca (y un seguro).

Generalmente cualquier submarinistas que esté fuera de las zonas marítimas reservadas para los bañistas debe indicar visiblemente su posición con una boya de color naranja para los submarinistas a pulmón, y rojo-blanco para los submarinistas con botella.

El submarinista debe permanecer dentro de un diámetro máximo de 15 metros de la boya, y los barcos se deben mantener a una distancia mínima de 25 metros de la misma.

Si un grupo de submarinistas practican su deporte desde una embarcación, ésta debe mantener izada la bandera “Alfa” (azul – blanco: prohíbe a las demás embarcaciones acercarse a menos de 100 metros de distancia).

La pesca submarina con botellas y arpón está totalmente prohibida. Incluso pescando con arpón en submarinismo libre/a pulmón y con base en una embarcación, correríamos el riesgo de recibir una sanción si en la embarcación se hallasen botellas de oxígeno.

Únicamente se autoriza a utilizar arpones manuales o impulsados por medios mecánicos, y el fusil no puede tenerse cargado fuera del agua.

De noche, tanto el submarinismo con botella como la pesca submarina, están totalmente prohibidos.

El patrón de una embarcación a motor debe estar en posesión del permiso de navegación correspondiente al tamaño de la embarcación y  a la potencia del motor.

Las embarcaciones a motor pueden acercarse a la costa a  una velocidad máxima de 3 nudos en las áreas marcada por una boya verde y una roja. Cuando entren dentro de un puerto, lo harán también a una velocidad máxima de 3 nudos.
En cuanto a las motos de agua, desde Salvamento Marítimo nos aconsejan:

  • Manténgase alejado, al menos 50 metros, de otras motos y artefactos flotantes, de submarinistas señalizados, de buques y de embarcaciones.
  • Evite navegar por canales de acceso a puertos, zonas de fondeo y lugares con elevada concentración de embarcaciones. En cualquier caso, en estas zonas la velocidad no debe superar los 3 nudos.
  • Respete las zonas de baño balizadas y manténgase siempre a más de 200 metros de la orilla de la playa. Sea consciente que, además de poner en peligro la vida de bañistas, el ruido que ocasiona su moto es sumamente molesto para todos.
  • Mantenga constante vigilancia visual y radar (si dispone de él) de las aguas en su entorno y respete el «Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar», especialmente en los accesos a los puertos y en las proximidades de la costa.
  • La colisión con un objeto flotante entre dos aguas (troncos, contenedores, cetáceos) no se puede prever, especialmente de noche, y puede desembocar en una peligrosa vía de agua, un vuelco o severos traumatismos. No existen recomendaciones para evitar este tipo de abordaje.

¿Y los bañistas?

Los municipios tienen la obligación de asegurar las playas para los bañistas con boyas amarillas. En un caso de emergencia, una embarcación puede penetrar en estas zonas delimitadas por boyas.

Este artículo os puede parecer aburrido  y demasiado restrictivo, lleno de “está prohibido”, “es ilegal”, “hay que respetar”, pero pensamos es mejor estar informado que tener que lamentarse, aunque también creemos que la convivencia marítima necesita algo más que reglas, sobretodo sentido común y empatía, y más aún durante los meses de verano, cuando el mar recibe una multitud de visitantes foráneos que coinciden con sus habitantes naturales: los peces. Bañistas, surfistas, embarcaciones de ocio, yates, barcos pesqueros deportivos y profesionales de todos los tamaños… Todos estos actores coinciden en tiempo y espacio, llegando a producirse puntualment, algún que otro daño que podemos evitar.